PLAZO: hasta el 30 de SEPTIEMBRE
ALUMNADO QUE SOLICITÓ BECA EN EL CURSO 2021-2022
Las familias accederán ONLINE a la aplicación oficial de becas AQUÍ, donde podrán descargar y revisar un borrador con los datos registrados.
- Si los datos son correctos, validarán la solicitud ONLINE AQUÍ. En la parte inferior de la segunda página de dicho borrador dispone del código de validación. No será necesario entregar ningún documento en Secretaría.
- Si ha habido modificaciones, deberá acceder por AQUÍ:
- Quienes sí dispongan de firma digital podrán realizar todo el proceso online, adjuntando la documentación digitalizada, sin necesidad de pasar por Secretaría.
- Quienes no dispongan de firma digital, corregirán los datos, descargarán el documento, lo imprimirán y lo entregarán debidamente firmado en la Secretaría, junto con la documentación correspondiente en papel.
ALUMNADO QUE NO SOLICITÓ BECA EN EL CURSO 2021-2022
Las familias realizarán la solicitud ONLINE pinchando AQUÍ (descargar guía oficial completa, ver apartado 2.3.2.).
- Quienes sí dispongan de firma digital podrán realizar todo el proceso online, adjuntando la documentación digitalizada, sin necesidad de pasar por el centro escolar.
- Quienes no dispongan de firma digital, cumplimentarán la solicitud online, descargarán el documento, lo imprimirán y lo entregarán debidamente firmado en la Secretaría, junto con la documentación correspondiente en papel.
AVISO PARA TODOS LOS SOLICITANTES ONLINE
- En el apartado del nº de cuenta, sólo se deberá activar la casilla de «sí» a la pregunta «¿Autoriza el ingreso del importe de la ayuda a la cuenta del centro…?» en los casos concretos que previamente así se haya acordado con la familia.
DOCUMENTACIÓN:
· COPIA DNI/NIE/PASAPORTE EN VIGOR DE TODOS LOS MIEMBROS COMPUTABLES* DE LA UNIDAD FAMILIAR.
· COPIA DEL LIBRO DE FAMILIA (madre/padre + todos/as los/as hijos/as).
. VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO FAMILIAR RECIENTE.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LOS SIGUIENTES CASOS ESPECÍFICOS:
· ALUMNADO CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO derivada de discapacidad o trastorno grave de conducta o TEA o asociada a alta capacidad – Consultad en Secretaría.
· FAMILIA NUMEROSA – copia del Libro de Familia Numerosa, en vigor.
· PROGENITORES SEPARADOS/DIVORCIADOS – copia del convenio regulador, justificante actualizado de pensión compensatoria y/o por alimentos a favor de los hijos (fotocopia del ingreso). Volante de empadronamiento familiar reciente.
· DISCAPACIDAD 33% O SUPERIOR – copia del documento acreditativo, en vigor.
· CONVIVENCIA CON ABUELOS/AS – volante de empadronamiento familiar reciente.
· PROPIETARIOS DE SEGUNDAS VIVIENDAS, FINCAS RURALES, OTROS INMUEBLES – Valores catastrales 2021.
· PERCEPTORES DE AYUDAS SOCIALES – certificado expedido por el organismo correspondiente.
· INGRESOS EXENTOS – certificado de la pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, pensión de orfandad, indemnizaciones por despido, etc.
· ALUMNADO EN ACOGIDA FAMILIAR – copia de la orden foral de acogida y de las condiciones de acogida.
· ALUMNADO DE BACH PROCEDENTE DE OTRA COMUNIDAD AUTÓNOMA – copia del expediente académico el curso anterior.
· HUÉRFANOS – copia del documento acreditativo.
· VIOLENCIA DE GÉNERO – copia de la orden o sentencia judicial.
· HIJOS/AS UNIVERSITARIOS CON RESIDENCIA FUERA DE VITORIA – copia del Libro de Familia donde conste dicho/a hijo/a, certificado de matrícula de la Universidad en la que está matriculado, fotocopia del contrato de alquiler o de la residencia en la que esté alojado.
· EN CASO DE NO HABER HECHO DECLARACIÓN DE RENTA 2021 – documentos acreditativos de ingresos, medios de vida o ayudas recibidas durante 2021.
· DECLARACIÓN DE RENTA 2021 NO PRESENTADA EN ÁLAVA:
- Copias de las declaraciones completas de todos los miembros computables* de la unidad familiar.
- En caso de TRABAJADORES AUTÓNOMOS – copia de la hoja en la que se calculan los rendimientos de la actividad.
- En caso de PROFESIONALES O EMPRESARIOS – copia de las declaraciones por pagos fraccionados.
- Documentos acreditativos de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros computables* (ingresos no declarados por razón de cuantía, rendimientos de valores mobiliarios, depósitos bancarios, intereses de cuentas corrientes…).
* Pueden consultar la descripción de “miembros computables” en el art. 16 de la ORDEN.